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Certificado de Estado Civil

Según la Ley 17671, el Registro Nacional de las Personas tiene facultad para emitir certificados con el fin de acreditar identidad, estado civil, rectificar actas, partidas o certificados que deban ser presentados ante otros organismos, así como para trámites en el exterior. 

 

Este trámite se realiza a través de la plataforma de Trámites a Distancia – TAD del sitio Argentina.gob.ar, que permite gestionar trámites ante la Administración Pública y le habilita al interesado realizar su seguimiento de forma remota.

 

Ingresando al link https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5665 podrá gestionar su certificado de Estado Civil y podrá ver requisitos y costo de dicho trámite. 

 

IMPORTANTE: APOSTILLA: Una vez generado, y si desea apostillar el mismo, podrá realizarlo via Trámites a Distancia – TAD del sitio Argentina.gob.ar o enviar un correo electrónico a cgtel@mrecic.gov.ar indicando APOSTILLA - APELLIDO, NOMBRE, DNI en el asunto. 

Le recordamos que los certificados consulares no pueden ser apostillados, y por ende, carecen de validez en el exterior. 

 

 

 

Fecha de actualización: 22/10/2025