|
REGRESAR

2. Pasaporte de Emergencia

SE RECUERDA QUE ES RESPONSABILIDAD DE CADA CIUDADANO MANTENER SU DNI Y PASAPORTE ACTUALIZADOS.

CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES POR RAZONES DE EMERGENCIA, CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.

Será la autoridad consular la que determine la procedencia o no de las razones invocadas por la persona solicitante. Se recuerda que es responsabilidad de cada persona tener su documentación al día.

El pasaporte de emergencia tiene una validez máxima de un año y sirve para viajar a cualquier parte del mundo. No obstante, algunos países pueden imponer restricciones o limitaciones en lo que respecta al uso de los pasaportes de emergencia. Es facultad exclusiva de la autoridad migratoria de cada país permitir el ingreso o tránsito con pasaporte de emergenciaPor dicha razón, es responsabilidad del ciudadano consultar con la Embajada, Consulado y/o autoridades locales de los países de destino y/o escala sobre la aceptación del pasaporte de emergencia, sobre la eventual necesidad de visados y/o el cumplimiento de otros requisitos migratorios y/o sanitarios.

En el caso de ciudadanos argentinos residentes en la jurisdicción del Consulado, la expedición de un Pasaporte de Emergencia procederá exclusivamente con la emisión del Pasaporte ordinario (RENAPER).

Quienes viajen a la Argentina, deben solicitar un Pasaporte Provisorio.

 

PASAPORTE DE EMERGENCIA (VÁLIDO PARA VIAJAR A TERCEROS PAÍSES)

 

La solicitud de pasaporte de emergencia se formula exclusivamente por correo electrónico, escribiendo a cgtel@mrecic.gov.ar, y debe cumplir los siguientes requisitos:

1. El asunto del correo debe indicar "Solicitud de pasaporte de emergencia".

2. En el cuerpo del correo, el solicitante debe informar su nombre completo, fecha de nacimiento, número de DNI, domicilio y lugar donde se encuentra al momento de la solicitud, así como el detalle de las razones por las que solicita el pasaporte de emergencia.

3. Las razones de la emergencia deben acreditarse mediante documentación que las acredite. Dichas constancias deberán adjuntarse a la solicitud, junto con copia de su DNI y pasaporte, de lo contrario será desestimado el pedido. Tenga en cuenta que el hecho de tener pasajes emitidos NO implica una emergencia. 

El solicitante debe tener presente que la emisión de un pasaporte de emergencia se encuentra, además, sujeta al cumplimiento de los requisitos necesarios para la tramitación del pasaporte biométrico, siempre que sean aplicables. Su emisión está restringida a una vez. No puede ser prorrogado, renovado, ni emitido de manera consecutiva.

Si la autoridad consular autoriza se informará a la persona solicitante el día deberá presentarse en el Consulado en horario de las 9am. Se recuerda que es la autoridad consular la única habilitada para autorizar la tramitación de un pasaporte de emergencia. 

 

Documentación que deberá presentar en el Consulado el día de la cita para la obtención de un Pasaporte de Emergencia:

Cuando se presente en el Consulado, la persona solicitante deberá:

    1.- Acompañar original y fotocopia de su último DNI actualizado;

    2.- Foto carnet 4x4 

    3.- Presentar su original y copia de su último pasaporte o, en caso de extravío o robo, la correspondiente denuncia policial donde conste su nombre completo, el número del reporte policial y el detalle del extravió de su pasaporte argentino.

   4.- Cuando la emergencia esté relacionada con un viaje, debe presentar el pasaje comprado, no se acepta reservas. Poseer un pasaje no constituye una emergencia.

   5.- Presentar las pruebas de las circunstancias que acrediten la necesidad de obtener el pasaporte de emergencia y que fueran adelantadas por correo electrónico.

    6.- Los menores de 18 años están sujetos a lo mismos requisitos exigidos para la tramitación de un pasaporte biométrico. Consulte aquí dichos requisitos.

   

Costo del trámite: USD 80

 

 

 

Fecha de actualización: 11/02/2026